Ventura Camejo firma Resolución de Modelos Estructura Organizativa y destaca avances RD
SANTO
DOMINGO.-El ministro de Administración Pública, Ramón Ventura Camejo, firma la
Resolución número 68-2015, la cual pone en ejecución los Modelos de Estructura
Organizativa en el Gobierno Central e instituciones descentralizadas.
Ventura Camejo
firma Resolución de Modelos Estructura Organizativa y destaca avances RD
SANTO
DOMINGO.-El licenciado Ramón Ventura Camejo destacó los avances logrados por la
administración pública de la República Dominicana, de manera especial por la
puesta en práctica de una serie de herramientas, como es el caso del Barómetro
de Servicio Civil que ubica al país en el séptimo lugar en lo que respecta a la
gestión de los recursos humanos.
El Ministerio de
Administración Pública (MAP), bajo la dirección del licenciado Ventura Camejo, como
órgano responsable de dirigir los distintos procesos de gestión de personal de
las instituciones del Gobierno Central y las descentralizadas, firmó la
Resolución número 68-2015, que aprueba los Modelos de Estructura Organizativa
para las Unidades de Recursos Humanos, de acuerdo a lo establecido por la Ley
41-08 de Función Pública.
El funcionario hizo
énfasis en la importancia que tiene la estructura organizativa de las áreas de
recursos humanos del Gobierno Central y otras instituciones del Estado,
que también alcanza a los Ayuntamientos
Municipales.
También abarca
al Ayuntamiento Distrito Nacional. Citó el impacto que tienen los recursos
humanos en el desarrollo municipal, la
implementación del Programa de Apoyo a la Sociedad Civil y las Autoridades
Locales (PASCAL), financiado por la Unión Europea, según lo informado por el
periodista Luís Céspedes Peña.
El ministro manifestó del MAP indicó
que la Resolución 68-2015, que aprueba los Modelos de Estructura Organizativa
para las Unidades de Recursos Humanos, es un paso muy importante en el
desarrollo institucional de la administración pública, “porque sistematiza,
organiza, instituye y normaliza las oficinas de recursos humanos, que son
fundamentales para el trabajo de cualquier entidad, oficial o privada”.
Expresó que esa Resolución presenta tres modelos, en función de la dimensión de la
institución pública. Dijo que se implementará en todo el sistema de recursos humanos con sus
responsables en las diferentes áreas, como reclutamiento, selección, evaluación del desempeño,
capacitación, relaciones laborales y la planificación del personal.
“Con el diseño
de estos tres modelos, estamos creando las bases para estandarizar las áreas de
recursos humanos, que son transversales en toda la administración pública, como
ya se ha logrado con la estructura de las Oficinas de Acceso a la Información,
de Planificación y Desarrollo, de Tecnología de la Información y las áreas
Jurídicas de las diferentes instituciones”, especificó Ventura Camejo.
Afirmó que el MAP, como entidad rectora, dictará las instrucciones que sean
pertinentes a las distintas oficinas de personal y supervisará su cumplimiento.
Recordó que el
MAP, en su calidad de órgano rector del empleo público, es responsable de
propiciar y garantizar el más alto nivel de efectividad, calidad o eficiencia
de la función pública del Estado.
“Uno de los
postulados de la Ley 41-08 de Función Pública, es la necesidad de garantizar la
unidad y coherencia en las estructuras de las áreas que son transversales para
toda la administración pública.
Citó las unidades de Recursos Humanos, para lo
cual se precisa el diseño de estructuras homogéneas o estandarizadas que sirvan
de integración y coordinación de manera transversal.
La resolución
emitida por el MAP también toma en cuenta la Carta Iberoamericana de la Función
Pública, aprobada en la Quinta conferencia
Iberoamericana de Ministros de Administración Pública y Reforma del Estado,
celebrada en Santa Cruz de la Sierra, de Bolivia, en junio 2003.
En su artículo
primero, la Resolución dispone: “ En cumplimiento de las normativas legales
vigentes, se aprueban los modelos contenidos en esta Resolución para la
organización de las Unidades de Recursos Humanos de las instituciones
comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley 41-08 de Función Pública”.
Entre las
funciones principales de las unidades de Recursos Humanos, según el documento,
se encuentra planificar, dirigir, organizar y controlar la gestión de los
distintos subsistemas de gestión de personal en coherencia con las
disposiciones de la Ley 41-08 de Función Pública, sus Reglamentos de aplicación
y las que emanen del Ministerio de Administración Pública.
También, mantener actualizados los indicadores correspondientes a su unidad,
incluidos en el Sistema de Monitoreo de la Administración Pública (SISMAP), así
como elaborar el Plan de Recursos Humanos. Dirigir, coordinar, evaluar, controlar
su ejecución y remitir al Ministerio de Administración Pública los informes
relacionados con éste, así como cualquier otra información que le fuere
solicitada”.
Otra funciones
son las de programar, supervisar o coordinar el análisis de los cargos y la
definición de los perfiles. También, de
acuerdo a las normas que emita el órgano rector, programar, coordinar el reclutamiento y
selección del personal a través de concursos de oposición, para dotar a la
institución de personal idóneo”.
Otro aspecto es
la planificación, la dirección, la organización y el control de la movilidad
del personal y las desvinculaciones, y también la aplicación de la política de
retribución que se acuerde con el órgano rector de la función pública. La
Resolución establece otras normas importantes para el desarrollo de la
administración pública. En el evento estuvieron presentes varios de los
viceministros, entre ellos, Carlos Manzano.
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