*Diputados aprueban proyecto de ley que declara el municipio de Baní “Capital del Mango”*
*Diputados aprueban proyecto de ley que declara el municipio de Baní “Capital del Mango”*
- _La iniciativa fue propuesta por el diputado de la provincia Peravia Julito Fulcar_
Por jose Agustín Acevedo y Dennis Andrés García.
*Santo Domingo.-* La Cámara de Diputados de la República Dominicana aprobó este miércoles en segunda lectura el proyecto de ley que declara el municipio de Baní de la provincia Peravia “Capital del Mango”.
La pieza sometida en la cámara baja por el diputado Julito Fulcar, establece una serie de incentivos para los productores de mango de la provincia Peravia.
Al motivar la iniciativa el legislador sureño sostuvo que solo en Baní, mas de 50mil tareas de tierra son dedicadas al cultivo del mango y mas de 150mil en toda la provincia.
“Este es un reconocimiento al esfuerzo que realizan nuestros productores, un esfuerzo que realiza la provincia, para desarrollar anualmente la mas grande e importante feria de producto individual agropecuario que se celebra en la República Dominicana y es un salto importante para que sigamos fortaleciendo el proceso de producción y hacia la industrialización del mango en la provincia Peravia y para todo el país”, sostuvo el proponente.
En el marco de la celebración de la vigésima edición de la Expo Mango, el diputado Fulcar reiteró su compromiso de que el referido municipio sureño sea declarado por ley la capital de la popular fruta.
El referido proyecto establece que, “durante el mes de junio de cada año, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Cultura y el Ayuntamiento del municipio de Bani y los distritos municipales realizarán actividades relativas a resaltar la producción y comercialización del mango banilejo”.
En este mismo sentido las instituciones privadas podrán desarrollar actividades y eventos, sea en conjunto con las mencionadas instituciones estatales o de forma privada, durante el mismo mes.
La iniciativa ahora pasa al Senado de la República, donde se espera sea aprobada para su posterior promulgación por el Poder Ejecutivo.
*Comunicaciones Julito Fulcar.*
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