La decisión fue tomada durante una reunión en la que se aprobó un “protocolo de contingencia” para ser aplicado el día de las elecciones, del cual no se ofreció mayores detalles.
Dominicanos en el Exterior
La JCE también aprobó permitir que los dominicanos residentes en el exterior que se encuentren de visita en el país puedan ejercer el sufragio donde les corresponda votar a nivel local.
El organismo consideró que por razones de espacio, tiempo y recursos es imposible que esta facilidad otorgada a los dominicanos residentes en el exterior pudiera generar alguna distorsión en el proceso electoral, y que como estas personas se encuentran en el padrón electoral, no se trata del otorgamiento de nuevos plazos sino de una medida de garantía del ejercicio de sus derechos.
Acoge auditoría
Asimismo, acogió la auditoría practicada al padrón electoral por la entidad internacional Latino Barómetro de las Américas.
En cuanto a una comunicación remitida por el movimiento cívico Participación Ciudadana, el pleno de la JCE consideró que los comentarios y solicitudes de esta entidad han sido respondidos satisfactoriamente con la resolución adoptada en la sesión anterior de ese pleno así como con el protocolo de vontingencia aprobado en esta fecha.
En lo referente a la solicitud del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), sobre la inscripción de la candidatura de la señora Mercedes Jacqueline Ramírez Pérez, se decidió declinar dicho expediente por ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) por ser éste caso de su competencia.EFE
Juez Olivares ve “conspiración”
El juez titular de la Junta Central Electoral (JCE), Eddy Olivares, calificó como “una conspiración contra el estado de derecho” la aprobación el conteo manual del 100% de los votos en el nivel presidencial y haber obviado ese procedimiento para los demás niveles.
Explica en una comunicación que razonó y reafirmó su decisión de “no ser parte de una conspiración contra el Estado de Derecho y, en consecuencia, de mantenerme apegado, estrictamente, al imperio de la ley”.
“La urdimbre de esta decisión de la administración electoral tiene que ver, esencialmente, con el uso de la ley de una manera caprichosa e interesada, por lo que al momento de revisar la Resolución 64/2016 se debió reflexionar en el sentido de que la ley no se aplica de manera parcial”, indica.
Agrega que “no se tomó en cuenta que la ley no es un consejo, como ha sido asumido por el pleno de la JCE, sino que un mandato, por lo que las decisiones de la administración son conforme o son contrarias a la ley”.
Sostiene que “la Resolución 64/2016, aprobada el 17 de abril, a menos de un mes de las elecciones, constituye la ratificación consciente de la violación por parte del Pleno, no solo del artículo 127, sino también de la totalidad de los que componen el Título XV de la Ley Electoral, que el legislador dedicó al Escrutinio de los Colegios Electorales”.
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